En nuestro blog nos gustaría contar con diferentes profesionales que nos hablen de temas importantes para todos, incluídos los mayores. Hoy estrenamos una nueva sección, se trata de estas colaboraciones.
La inauguración corre a cargo de Jacinto Ramos Echániz, doctor en Veterinaria, licenciado en Tecnología de los Alimentos y Nutrición, que en una serie de artículos sobre alimentación y los alimentos nos va a explicar diferentes aspectos que resultan relevantes en nuestra faceta de consumidores. Esperamos que sea de vuestro interés.
La legislación europea establece que todos los alimentos envasados tienen que tener una etiqueta, rótulo o collarín con unas indicaciones obligatorias, con el fin de que el consumidor tenga una información correcta, y que esta no induzca a error. Además, el fabricante puede incluir información voluntaria, (dibujos, anagramas, promociones de venta, etc.). La correcta información al consumidor afecta tanto al etiquetado obligatorio del alimento como a la información complementaria que el industrial proporcione al consumidor (anuncios en revistas, televisión, etc.).
En general, la única forma de relación entre el fabricante y el consumidor es a través de la etiqueta, por lo que estas suelen tener dibujos y colores atrayentes, pero a veces la información que contiene no es suficientemente clara o se insinúan características que el alimento no posee, con el fin de incrementar las ventas. Por ejemplo un agua mineral-natural se publicitaba como «el agua que no engorda»; por definición el agua no puede engordar ya que no la transformamos en grasa, por lo que este etiquetado induce a error. El industrial tuvo que eliminar del etiquetado esta indicación finalmente.
Últimamente está de moda la «alimentación sana, natural, sin aditivos, etc.». Es frecuente ver alimentos que se etiquetan indicando que no poseen un determinado componente, cuando este no tiene por qué estar en el alimento. Por ejemplo, sabemos que la leche es el producto natural obtenido del ordeño de las hembras domésticas. Esta leche de forma natural no contiene harina de trigo (por tanto, no contiene gluten); sin embargo se comercializan leches con la indicación «sin gluten», lo que podría generar cierta confusión sobre si las otras marcas sí contienen este elemento.
Aunque hay excepciones, la información del etiquetado de un alimento debe contener:
Denominación de venta del alimento: el consumidor debe saber qué está comprando.
Lista de ingredientes completa y en un idioma comprensible para la mayoría de la población donde se va a comercializar.
Sustancias alergénicas (por eso ahora es común encontrar en los envases indicaciones como “puede contener trazas de cacahuetes”)
Fechas de caducidad o de consumo preferente (en otro artículo abordaremos la diferencia entre ambas)
Peso o volumen
Razón social del elaborador o del distribuidor
Lote
Sistema de conservación
País de origen
Sistema de elaboración
Grado alcohólico
Información nutricional
La legislación que regula el etiquetado (Reglamento CEE 1169/2003) tiene ciertas lagunas que pueden ser aprovechadas por el industrial, que sin poner en riesgo la salud del consumidor, sí le pueden inducir a error, por ejemplo no estar claro el país de origen de un alimento, información con una letra casi ilegible, etc.
Es conveniente saber leer una etiqueta para poder realizar la elección del alimento que más nos interese, especialmente en aquellos casos en los que la persona tiene necesidades especiales que cubrir o deba seguir dietas concretas (bajas en grasas, sin alcohol, etc.)
En sucesivas entradas iremos abordando diferentes aspectos sobre el etiquetado de los alimentos y diferentes aspectos a tener en cuenta en nuestra alimentación.